Presentación y constitución de calles públicas y donación de zonas verdes

Presentación y constitución de calles públicas y donación de zonas verdes

El proceso de presentación y constitución de calles públicas y donación de zonas verdes, constituyen trabajos de campo y de oficina en el campo de la topografía, donde se plantea a solicitud de los propietarios de los terrenos, un documento bastante amplio, con información determinante tanto registral y literal, como gráfica (planos catastrados) de la propiedad o propiedades involucradas en la opción de calle pública y donación, para demostrar el interés que se tiene en este proceso, con el fin de obtener el visto bueno y su debida inscripción de estas áreas en la viabilidad cantonal o nacional.

En el cuerpo de este documento o informes, se entregan croquis topográficos inicialmente, con la idea de poder demostrar la ubicación de las áreas y las propuestas de las mismas, donde se explican las condiciones, para que las comisiones o grupos que dan aprobación tengan claras las posiciones e intenciones.

Las áreas verdes, son áreas que se donan, y que se destinan para uso de la comunidad, ya sea en parques de juegos o zonas de descanso o recreo.

En términos simples y como producto final, se otorgan planos debidamente catastrados ante el Registro Nacional de estas áreas, ya sea de la calle pública o de los lotes para áreas verdes. Posteriormente a esto, estas tierras se deben de escriturar a nombre de las municipalidades, para alcanzar su formal proceso de entrega en escritura a favor de los municipios de la localidad.

¿Qué ventajas se obtienen al lograr constituir una calle pública y la donación de zonas verdes?

  • Obtener la posibilidad de poder catastrar uno o varios planos, por el beneficio de contar con frente a calle pública.
  • Se logra contar con la posibilidad de optar a servicios públicos en esta nueva calle, servicios como conexión de agua potable, tendido eléctrico, alumbrado público, telefonía, entre otros.
  • Se logra dar tránsito a personas y vehículos, en un medio físico aceptado por las municipalidades o gobiernos locales.
  • Se puede desarrollar la finca o las propiedades, a gusto de los propietarios, de acuerdo a sus múltiples posibilidades del uso de la tierra.

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